lunes, 23 de diciembre de 2013
jueves, 19 de diciembre de 2013
Las comunidades de propietarios deberán declarar los pagos a terceros
El Real Decreto 828/2013, publicado en el BOE el pasado mes de octubre, establece que en 2014 las comunidades de propietarios están obligadas a presentar la declaración de operaciones con terceras personas. De esta manera, las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal deberán declarar a Hacienda los pagos a terceros siempre y cuando superen los 3.000 euros.
Ello incluye reparación o mejora de la comunidad, servicio de limpieza, obras, etc. y para cumplir con la nueva norma se deberán declarar dichas operaciones a través del modelo 347. La documentación se presentará en Hacienda en febrero de 2015.
La nueva norma, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, excluye la compra de combustible y los suministros para uso comunitario. Tampoco estarán obligadas a declarar el alquiler de alguna vivienda de la comunidad ni los seguros que protejan zonas o elementos comunes.
Foto: *L (CC BY-NC-SA 2.0) |
La nueva norma, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, excluye la compra de combustible y los suministros para uso comunitario. Tampoco estarán obligadas a declarar el alquiler de alguna vivienda de la comunidad ni los seguros que protejan zonas o elementos comunes.
viernes, 29 de noviembre de 2013
Alquiler “Todo Incluido”, ¿es realmente una buena opción?
Si estás buscando piso para alquilar, es posible que hayas visto en algunos anuncios la etiqueta TI, que equivale a “todo incluido”. Lo lógico sería pensar que, en estos casos, el propietario asume les gastos de agua, luz, gas, etc., estableciendo una cantidad a pagar fija, igual que cuando alquilamos un piso vacacional o reservamos una habitación de hotel.
Sin embargo, son muchos los casos en los que esta situación “ideal” está lejos de la realidad. Así lo pone de manifiesto el artículo publicado recientemente en el diario El Mundo, donde se puede leer: después de comprobar múltiples anuncios que incluyen estas palabras mágicas, sólo un pequeño porcentaje responde fielmente al significado del TI.
Entonces, ¿qué significa realmente “todo incluido”? Pues simplemente aclara que el arrendador paga los gastos fijos correspondientes a la comunidad, el IBI y la tasa de basuras. Tasas que, normalmente, la mayoría de propietarios asumen sin necesidad de etiqueta alguna.
La proliferación del “todo incluido” responde a una estrategia para captar clientes en un contexto en el que son muchas las personas que optan por el alquiler de vivienda al no poder afrontar su compra.
La etiqueta “TI” no es en ningún caso ilegal, pero si puede catalogarse como “publicidad engañosa” en no pocas ocasiones.
Sin embargo, son muchos los casos en los que esta situación “ideal” está lejos de la realidad. Así lo pone de manifiesto el artículo publicado recientemente en el diario El Mundo, donde se puede leer: después de comprobar múltiples anuncios que incluyen estas palabras mágicas, sólo un pequeño porcentaje responde fielmente al significado del TI.
Foto: urbanados (CC BY-NC-SA 2.0) |
Entonces, ¿qué significa realmente “todo incluido”? Pues simplemente aclara que el arrendador paga los gastos fijos correspondientes a la comunidad, el IBI y la tasa de basuras. Tasas que, normalmente, la mayoría de propietarios asumen sin necesidad de etiqueta alguna.
La proliferación del “todo incluido” responde a una estrategia para captar clientes en un contexto en el que son muchas las personas que optan por el alquiler de vivienda al no poder afrontar su compra.
La etiqueta “TI” no es en ningún caso ilegal, pero si puede catalogarse como “publicidad engañosa” en no pocas ocasiones.
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viernes, 8 de noviembre de 2013
Aumentan en un 150% las consultas al Fichero de Inquilinos Morosos
El alquiler de vivienda se presenta como una opción interesante para arrendadores y arrendatarios en la actual coyuntura económica. Desde el inicio de la crisis, el mercado del alquiler se ha revitalizado considerablemente, favorecido por el cierre del crédito y la dificultad cada vez mayor de vender un piso.
Con esta “avalancha” de alquileres se ha disparado también las consultas al Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), una herramienta que permite saber si un futuro inquilino es o no buen pagador. Este registro resulta muy útil a la hora de frenar uno de los principales miedos del arrendador: toparse con un inquilino moroso.
Según publica Eroski Consumer, las consultas al FIM han aumentado en un 150% durante el 2013, con más de 10.000 profesionales y particulares que solicitan acceso. Ello va directamente relacionado con el incremento de los alquileres y, también, de la morosidad en los arrendamientos (el estudio de Eroski Consumer apunta una subida del 13,28% en 2012).
¿Qué información encontramos en el FIM?
Consultando el FIM tendremos conocimiento de alquileres impagados, tanto de personas físicas como jurídicas, que se obtienen tanto de propietarios y profesionales de gestión inmobiliaria como de sentencias en firme. Las personas o entidades que aparecen en este registro están informadas su inclusión, tal como estipula la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Los expertos apuntan que la fiabilidad del FIM, único fichero de morosidad específico sobre arrendamientos urbanos en España, está garantizada y permite al propietario una mayor tranquilidad a la hora de alquilar su vivienda.
Foto: Royalty-Free Stock Photos |
Con esta “avalancha” de alquileres se ha disparado también las consultas al Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), una herramienta que permite saber si un futuro inquilino es o no buen pagador. Este registro resulta muy útil a la hora de frenar uno de los principales miedos del arrendador: toparse con un inquilino moroso.
Según publica Eroski Consumer, las consultas al FIM han aumentado en un 150% durante el 2013, con más de 10.000 profesionales y particulares que solicitan acceso. Ello va directamente relacionado con el incremento de los alquileres y, también, de la morosidad en los arrendamientos (el estudio de Eroski Consumer apunta una subida del 13,28% en 2012).
¿Qué información encontramos en el FIM?
Consultando el FIM tendremos conocimiento de alquileres impagados, tanto de personas físicas como jurídicas, que se obtienen tanto de propietarios y profesionales de gestión inmobiliaria como de sentencias en firme. Las personas o entidades que aparecen en este registro están informadas su inclusión, tal como estipula la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Los expertos apuntan que la fiabilidad del FIM, único fichero de morosidad específico sobre arrendamientos urbanos en España, está garantizada y permite al propietario una mayor tranquilidad a la hora de alquilar su vivienda.
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miércoles, 23 de octubre de 2013
El precio de los alquileres sigue bajando
Foto: hownowdesign (CC BY-NC-ND 2.0) |
Y es que España es el séptimo país de la UE con mayor proporción de casas en régimen de propiedad (con un 82,7%) por detrás de países como Rumanía, Lituania y Croacia, entre otros (datos del Instituto de Estudios Económicos - IEE).
La “cultura de la propiedad” sigue muy arraigada en nuestro país, que se encuentra a las antípodas de los porcentajes de Alemania (45,8%), Francia (63,1%) o el Reino Unido (67,9%), algunos de los países más “reacios” a la casa de propiedad.
Sin embargo, la explosión de la burbuja inmobiliaria y la restricción de crédito están cambiando esa tendencia.
A día de hoy en España es un buen momento para los inquilinos, dado que las rentas de los alquileres de viviendas continúan bajando: en septiembre lo hizo un 0,3% en comparación con el mismo mes del ejercicio 2012, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Esta tendencia a la baja, que ya suma seis meses consecutivos, destaca especialmente en comunidades como Navarra (-2,1%), Madrid (-1,8%) y Murcia y La Rioja (-1,7%), mientras que las rentas subieron en Ceuta (+1,6%) y Melilla (+1,2%), Galicia (+1%), Castilla y León (+0,9%) y Cataluña (+0,7%).
viernes, 17 de mayo de 2013
¡Estrenamos web y oficinas!
¡Estamos de estreno! Escoda & Codina, abogados-economistas inicia una nueva etapa en Internet.
Además de este blog, hemos lanzado nuestra nueva página web, que os invitamos a visitar, y hemos abierto nuevos canales en Twitter, LinkedIn y Flickr. Os invitamos a visitarnos y seguirnos.
Pero las novedades no se acaban en Internet. Recientemente hemos puesto en marcha nuevas oficinas en Mataró y São Paulo (Brasil), que se añaden a nuestras delegaciones en Argentona, Canet de Mar y Sils.
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