Advertencia fiscal en materia de arrendamientos
Las personas que el año pasado realizaron anuncios en diferentes medios publicitarios, incluso por internet a través de portales inmobiliarios, para arrendar una vivienda se ha convertido en objetivo de Hacienda para la campaña de la Renta del ejercicio 2015, iniciada el pasado 6 de Abril.
Es la primera vez que los borradores del IRPF recogen un aviso para
los arrendadores a fin de que incluyan estas rentas. A su vez,
Hacienda, además de recordar a los contribuyentes que las rentas
percibidas por alquiler deben incluirlas en su declaración, también les
recuerda que se ha de declarar cualquier tipo de renta por la que
tributar y no conste en los datos fiscales.
Hacienda ha rastreado las páginas web de anuncios de pisos en busca de dinero no declarado
(en particular, los alquileres de viviendas de verano y apartamentos
vacacionales que precisamente son fáciles de controlar por publicitarse
en las redes sociales) para analizar e incorporar a su base de datos todos los anuncios y así controlar los alquileres no declarados.
La Agencia Tributaria tiene la posibilidad de conocer esos datos,
bien a través del arrendatario (quien debe incluir en su declaración su
domicilio fiscal), bien mediante el cruce de información de consumos de
suministros (agua, luz, gas, … a los que Hacienda tiene acceso a través
de las facturas que le puedan suministrar las compañías pertinentes) o
bien a través de los Ayuntamientos (si el contrato se ha depositado por
razones de fianza).
Por último, decir que Hacienda también avisa al contribuyente que
éste debe incluir en su declaración cualquier renta por la que deba
tributar y no conste en los datos fiscales de los que actualmente
pudiera disponer el Fisco obtenidos con el cruce de información por
internet (por ejemplo, un profesor que da clases particulares y se
publicita como tal a través de internet).
El objetivo es que se declare de forma voluntaria las rentas de pisos así como otras rentas por las cuales se haya de tributar.