El
Real Decreto 828/2013, publicado en el BOE el pasado mes de octubre, establece que en 2014 las
comunidades de propietarios están obligadas a presentar la declaración de operaciones con terceras personas. De esta manera, las comunidades de bienes en régimen de
propiedad horizontal deberán declarar a Hacienda los pagos a terceros siempre y cuando superen los
3.000 euros.
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Foto: *L (CC BY-NC-SA 2.0) |
Ello incluye reparación o mejora de la comunidad, servicio de limpieza, obras, etc. y para cumplir con la nueva norma se deberán declarar dichas operaciones a través del
modelo 347. La documentación se presentará en Hacienda en
febrero de 2015.
La nueva norma, que entrará en vigor
a partir del 1 de enero de 2014, excluye la compra de combustible y los suministros para uso comunitario. Tampoco estarán obligadas a declarar el alquiler de alguna vivienda de la comunidad ni los seguros que protejan zonas o elementos comunes.
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