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martes, 20 de enero de 2015


El fin del alquiler de renta antigua


El pasado 1 de Enero de 2015 finalizaban los arrendamientos conocidos como renta antigua de locales comerciales celebrados entre persona jurídica y persona física antes de 1985.
 
Legislación:
En España, las tres leyes que afectan al asunto de referencia son:

1.- Ley deArrendamientos Urbanos (LAU), de fecha de 24 de Diciembre de 1964, bajo la que se celebraron los alquileres llamados de “renta antigua”. Esta ley obligaba a aplicar en beneficio del arrendatario del local de negocio la prórroga forzosa del contrato.

2.- El Decreto Ley2/1985, de 30 de Abril, o más conocido por el llamado “Decreto Boyer”, que eliminó la prórroga forzosa dejándose de celebrar desde ese momento arrendamientos de renta antigua.
3.- La Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de  Arrendamientos Urbanos estableció un régimen transitorio con las reglas de extinción de dichos alquileres de renta antigua, es decir, los anteriores al “Decreto Boyer” de 20 años. Por tanto, desde el 1 de Enero de 2015, estos contratos se han quedado sin efecto.  Este régimen transitorio está fijado concretamente en la Disposición Adicional 3ª de la Ley 29/1994.
 
Acuerdos entre propietarios e inquilinos:
Ante la desaparición de estos contratos, en los últimos años, arrendadores e inquilinos se han ido poniendo en muchos casos de acuerdo para evitar un conflicto perjudicial para ambas partes:
  • con respecto al arrendador, el conflicto vendría motivado por los derechos que protegen al arrendatario consistentes en el derecho a una indemnización o en el derecho preferente (tanteo) para continuar en el local arrendado; y,
  • con respecto al arrendatario, por el aumento considerable que supone la actualización de la renta de alquiler antigua a una renta de alquiler de mercado.
Con lo expuesto, se llega fácilmente a la conclusión de que, en términos generales, a los propietarios les conviene conservar a sus actuales inquilinos puesto que la ley protege a éstos y les otorga el derecho de tanteo, derecho que para el propietario del inmueble podría ser un incentivo para llegar a un acuerdo con su actual inquilino.
Con el tiempo se verá cuántos locales de negocio de renta antigua se han visto abocados al cierre y si ello ha provocado la destrucción de puestos de trabajo y la sustitución de empleos de calidad por otros más precarios.

jueves, 30 de octubre de 2014

Nueva edición del Barcelona Meeting Point

Hasta el domingo 2 de noviembre se celebra el Barcelona Meeting Point, la decimoctava edición del Salón Inmobiliario Internacional & Symposium. El pabellón 8 del recinto Montjuic-Plaza España de Fira de Barcelona acoge a un total de 265 empresas de 23 países y ocupa 20.000 metros cuadrados de superficie de exposición.


El Salón pone en contacto a los profesionales de la inversión inmobiliaria desde la vertiente de la oferta (propietarios, promotores, agentes, consultores, etc.) y de la demanda (compañías de seguros, fondos, bancos de inversión...).

Además, en la actual edición está prevista la puesta en marcha de un nuevo clúster destinado a crear sinergias entre las inmobiliarias españolas y los inversores rusos y chinos.
Los motores principales del sector en la actualidad, la rehabilitación y la sostenibilidad, serán los temas estrella de las jornadas programadas durante el encuentro.

El director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, Juan Van-Halen, apuntó durante la inauguración del certamen que con “la reforma del sistema financiero y del laboral, el Gobierno central está llevando a cabo un "cambio radical" en el modelo inmobiliario para permitir su recuperación, fomentando la rehabilitación, el alquiler y la inversión”.

martes, 30 de septiembre de 2014

El Consejo de Ministros aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016: ayudas al alquiler

El pasado mes de julio, el Consejo de Ministros aprobó finalmente el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 que, entre otros temas, da luz a las ayudas al alquiler. Éstas contemplan las destinadas a inquilinos para el alquiler de la vivienda y, también, las que tienen como objetivo fomentar el parque público de vivienda en alquiler.

Para poder optar a las ayudas al alquiler hay que cumplir una serie de requisitos:

1/Personas físicas mayores de edad, titulares de un contrato de arrendamiento (o en condiciones de serlo).
2/ Tengan un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) (Ingresos brutos menores a los 22.365,42€).

Siempre y cuando:

1/ El alquiler mensual sea igual o inferior a 600 €.
2/La vivienda en alquiler sea la residencia habitual y permanente.
Las personas afectadas en los procedimientos de desahucios tendrán preferencia a la hora de optar a dichas ayudas.

Los beneficiarios obtendrán el pago de hasta el 40% de la renta del alquiler (hasta 2.400 € anuales por vivienda) durante un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan.

martes, 16 de septiembre de 2014

La botella medio llena o medio vacía

La vuelta de vacaciones nos depara un baile de cifras respecto a la situación del mercado inmobiliario en nuestro país. Mientras unos afirman que el sector de la construcción y la vivienda empiezan a remontar el vuelo, el Gobierno y el Consejo General del Notariado afirma que esta recuperación aún tendrá que esperar.

Tal como explica Julio Rodríguez López, expresidente del Banco Hipotecario, en un artículo publicado por El País, estas valoraciones contrarias tienen su explicación en la metodología utilizada por unos y otros.



En el segundo trimestre de 2014 el índice de precios del Instituto Nacional de Estadística (INE) registró un aumento del 1,7% en el precio de la vivienda sobre el nivel del trimestre precedente. Por su parte, el Ministerio de Fomento y el Consejo General del Notariado sitúan el mercado en números rojos, con saldo negativo tanto en el número de compraventas (-9,8%) como en los precios (-10%).
Rodríguez apunta que “se trata de dos indicadores de metodología muy diferente” y apuesta por el índice de precios del INE como “más riguroso”.

Amplía la información en:

Dos estadísticas de precios de vivienda con metodología diferente ¿Cuál refleja mejor la realidad?
Jarro de agua fría 'puntual' de los notarios al mercado de la vivienda

jueves, 31 de julio de 2014

Hacienda mantiene en el 60% la desgravación por alquiler a propietarios


La reforma fiscal presentada por el Gobierno el pasado mes de junio rebajó hasta el 50% del IRPF las rentas cobradas por los propietarios de viviendas en alquiler. Sin embargo, el texto definitivo de la reforma corrige este punto e incrementa el porcentaje hasta el 60%.

Sin embargo, se mantiene la eliminación de la exención del 100% para los caseros que alquilen su casa a menores de 35 años y también la supresión de las deducciones a los inquilinos. Actualmente, el arrendatario tiene derecho a deducirse el 10,05% del dinero destinado al alquiler (máximo de 9.040 euros anuales) siempre que gane menos de 24.107,20 euros al año.

Cabe destacar que esta última medida no se aplicará de forma retroactiva, es decir, que la deducción se podrá mantener hasta el contrato de alquiler expire.

jueves, 17 de julio de 2014

El Gobierno aprueba el intercambio de datos entre el Catastro y el Registro de la Propiedad

El proyecto de reforma de la ley hipotecaria y de la ley del catastro aprobada recientemente por el Consejo de Ministros facilitará el intercambio seguro de datos entre el Registro de la Propiedad y el Catastro. De esta forma se evitarán informaciones contradictorias e incompletas sobre un mismo bien inmueble.

En la actualidad, ambas instituciones tienen competencias diferenciadas que, sin embargo, recaen sobre un mismo ámbito: la realidad inmobiliaria. La coordinación de la información resulta indispensable para una mejor identificación de los inmuebles y una más adecuada prestación de servicios a ciudadanos y administraciones.

Foto: Revellín (CC BY-SA 2.0)
Sin embargo, la dispersión normativa y la falta de tratamiento integral y homogéneo de los datos entre uno y otro provocan que hoy en día el resultado sea precisamente el contrario: el registro utiliza una cartografía distinta de la catastral y de difícil relación; los procedimientos de intercambio de información son anticuados e insuficientes; y es difícil saber cuándo una finca registral y una parcela catastral son la misma realidad.

Esta situación impide un control real y genera inseguridad, favoreciendo, por ejemplo, que haya fincas inscritas varias veces, que algunas puedan invadir el dominio público o los montes públicos o que se dificulte la detección de construcciones ilegales.

Así pues, el proyecto permitiendo que el registro tenga acceso a la cartografía catastral y viceversa. Con carácter general, se utilizará la cartografía del Catastro. Asimismo, se define también el procedimiento para la incorporación de la descripción gráfica de las fincas al Registro de la Propiedad y sus efectos jurídicos: esta descripción será obligatoria cuando haya cualquier operación de reordenación de los terrenos o de las fincas.

Por último, se regula un procedimiento actualizado de intercambio de información entre el Registro y el Catastro para evitar discordancias, en beneficio de las administraciones (control del fraude) y de los ciudadanos (simplificación administrativa).

jueves, 26 de junio de 2014

Reducción de la desgravación por alquiler a partir de 2015

Foto: photosteve101
Una de las novedades más comentadas de la reforma fiscal anunciada recientemente por el Gobierno es la reducción de la desgravación por alquiler. Una medida que, junto al impulso a la rehabilitación, es la gran apuesta del plan estatal de vivienda.

Así pues, el anteproyecto de ley del IRPF elimina la exención por arrendamiento para el inquilino y baja la reducción para el propietario para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015. Esto significa que los contratos perderán la exención estatal de hasta el 10,05% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de vivienda habitual cuando la base imponible no supere los 17.707,20 euros.

A pesar de ello, algunas comunidades ya han anunciado que seguirán manteniendo la deducción por alquiler en el tramo autonómico. En concreto, se trata de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia, Madrid, Valencia y Navarra.

En el caso de Cataluña, los menores de 32 y los mayores de 65 años podrán deducirse el 10% del alquiler (con un máximo de 300 euros en un año); también se incluye a aquellos que hayan estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio, tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65% o sean viudos, siempre que la base imponible no sea superior a los 20.000 euros anuales.

miércoles, 28 de mayo de 2014

150 empresas expositoras participan en la 16ª edición de SIMA

Foto: Merce (CC BY-SA 2.0) 
Hasta el 1 d junio se celebra una nueva edición del Salón Inmobiliario Internacional de Madrid (SIMA 2014), una de las ferias inmobiliarias más importantes del mundo y un referente en el sector en nuestro país.

En esta edición participan cerca de 150 empresas expositoras y habrá más de 400 promociones de viviendas. Para calentar motores el Salón celebró el 27 de mayo una conferencia previa, en la que se analizó la situación actual del sector y el escenario para los próximos años. Los expertos mejoran las expectativas para los próximos meses y auguran la recuperación del sector para finales de 2015 o comienzos de 2016.

José Luis Feito, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE), afirmó que el precio de la vivienda podría subir de forma muy significativa a partir del año 2016.

Además, SIMA 2014 contará con el I Foro “Fondos internacionales en el mercado inmobiliario español”, organizado por primera vez en España. En él se darán cita directivos de más de 50 entidades que ofrecerán una visión general del mercado inmobiliario español. Será también una oportunidad de networking para incentivar los contactos comerciales.

SIMA 2014 se celebrará a partir del 29 de mayo en el pabellón 6 de Feria de Madrid y estará abierto tanto a profesionales como público en general.

viernes, 11 de abril de 2014

Se ampliaran las condiciones para acceder al Fondo Social de Vivienda

Tener ingresos familiares inferiores a 1.600 euros al mes, haber perdido la residencia habitual y cumplir algún supuesto de vulnerabilidad. Estos son hasta ahora los requisitos para acceder al Fondo Social de Vivienda, que empezó su andadura en 2013 con un total de 6.000 viviendas.

Foto: Miguel Perez (CC BY 2.0)

Sin embargo, el Gobierno tiene previsto flexibilizar estas condiciones para permitir que más personas tengan acceso a dicho fondo, que hasta el momento solamente ha adjudicado unas 750 en total.

Esta cifra propició dudas sobre la efectividad del Fondo Social de Vivienda y el anuncio posterior del ministro de Economía, Luis De Guindos, de flexibilizar las condiciones. Asimismo, el ministro declaró que más de 14.000 familias se han beneficiado ya de todas las medidas del Gobierno para proteger a los deudores hipotecarios.

Habrá que seguir esta noticia para ver de qué forma se amplían las condiciones para acceder al Fondo Social de Vivienda.

jueves, 27 de marzo de 2014

Axesor documenta el repunte del sector inmobiliario español

Foto: Javier Paredes (CC BY-SA 2.0)
Después de seis largos años de crisis, parece que el sector inmobiliario español (uno de los más afectados por la actual coyuntura económica) empieza a levantar cabeza.

Así se deduce de las cifras hechas públicas por el Gabinete de Estudios Económicos de Axesor: de las 9.182 sociedades creadas en España durante el mes de febrero, 2.191 pertenecían al sector inmobiliario o de la construcción, es decir, una de cada cuatro.

Desde el inicio del año, se contabilizan un total de 17.169 sociedades constituidas, un 24,21% (4.159), están directamente relacionadas con el sector del “ladrillo”.

Entre las causas de este repunte Axesor apunta los movimientos empresariales relacionados con insolvencias, el reflote de las agencias inmobiliarias y el gran número de empresas especializadas (de instalación eléctrica, fontanería o acristalamiento) generadas por el boom inmobiliario y que han podido sobrevivir a la crisis.

A todo ello, se suman los datos ofrecidos por el estudio KPMG Real Estate Invest Survey y publicados por el portal inmobiliario Fotocasa que aseguran que “España es el segundo país que ofrece las mejores oportunidades para invertir en el sector inmobiliario, sólo por detrás de Alemania”. El informe se ha elaborado en base a “las opiniones de directivos de medio centenar de fondos de distinta tipología que invierten en el mercado europeo”.

Tal como resume en un artículo el periódico El Confidencial, “a pesar de la crisis, quiebras y concursos de acreedores, siguen jugando un papel muy importante dentro del tejido empresarial español”.