jueves, 13 de febrero de 2014

La retención aplicable a los arrendamientos es del 21%

La publicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2014 ha provocado cierta confusión en torno a las retenciones aplicables a los arrendamientos. Ello se debe a la distinción (ya adelantamos que errónea) que establecía un tipo diferente según si el propietario era una persona física (21%) o una persona jurídica (19%).

Foto: Images_of_Money

Tal como explicamos en el Portal del Derecho de la Construcción, “esta distinción no ha sido más que un descuido del legislador que el ejecutivo se ha dado prisa en solventar”. Efectivamente, el Real Decreto 1/2014 de 24 de enero subsana este error dejando claro que la retención aplicable a los arrendamientos, ya sea el arrendador persona física o jurídica, es del 21%.

La alarma saltó de la mano de distintos colegios de Gestores Administrativos, que advirtieron del “grave error” en la información que la Agencia Tributaria ofrecía a los contribuyentes a través de su página web.

Consulte toda la información en el Portal del Derecho de la Construcción.

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