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jueves, 30 de octubre de 2014

Nueva edición del Barcelona Meeting Point

Hasta el domingo 2 de noviembre se celebra el Barcelona Meeting Point, la decimoctava edición del Salón Inmobiliario Internacional & Symposium. El pabellón 8 del recinto Montjuic-Plaza España de Fira de Barcelona acoge a un total de 265 empresas de 23 países y ocupa 20.000 metros cuadrados de superficie de exposición.


El Salón pone en contacto a los profesionales de la inversión inmobiliaria desde la vertiente de la oferta (propietarios, promotores, agentes, consultores, etc.) y de la demanda (compañías de seguros, fondos, bancos de inversión...).

Además, en la actual edición está prevista la puesta en marcha de un nuevo clúster destinado a crear sinergias entre las inmobiliarias españolas y los inversores rusos y chinos.
Los motores principales del sector en la actualidad, la rehabilitación y la sostenibilidad, serán los temas estrella de las jornadas programadas durante el encuentro.

El director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, Juan Van-Halen, apuntó durante la inauguración del certamen que con “la reforma del sistema financiero y del laboral, el Gobierno central está llevando a cabo un "cambio radical" en el modelo inmobiliario para permitir su recuperación, fomentando la rehabilitación, el alquiler y la inversión”.

viernes, 10 de octubre de 2014

Polémica por la nueva fiscalidad en la venta de viviendas

El Proyecto de Ley de Reforma Fiscal aprobado recientemente por el Gobierno está creando malestar entre los propietarios de viviendas, ya que aumenta sensiblemente la tributación por la venta de inmuebles.

Esta situación se da por la eliminación de los coeficientes de actualización y de los coeficientes de abatimiento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) contemplados en dicha reforma fiscal. El primero corrige la depreciación monetaria y, al aplicarlo, se obtiene un valor de compra actualizado a la fecha de venta. Por su parte, los coeficientes de abatimiento reducen la ganancia sujeta al pago de impuestos para los activos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994.



La nueva reforma afecta sobre todo a los propietarios que no venden una vivienda habitual, a los que no reinvierten la cantidad obtenida en la venta en la compra de otra vivienda y a aquellos que compran un inmueble pero agotan el plazo de dos años para adquirirlo. Son los tres supuestos a los que más afecta el proyecto de Ley de Reforma Fiscal presentado por el Gobierno, ya que supone un cambio sustancial en la tributación de las ganancias que se desprenden de la venta de propiedades.

Esta situación hace que se presenten muchos interrogantes a los que quieren vender sus viviendas sobre cuál es el mejor momento para hacerlo. La reforma fiscal también ha provocado que la Defensora del Pueblo pida más información al Gobierno sobre la eliminación de los coeficientes.

martes, 30 de septiembre de 2014

El Consejo de Ministros aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016: ayudas al alquiler

El pasado mes de julio, el Consejo de Ministros aprobó finalmente el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 que, entre otros temas, da luz a las ayudas al alquiler. Éstas contemplan las destinadas a inquilinos para el alquiler de la vivienda y, también, las que tienen como objetivo fomentar el parque público de vivienda en alquiler.

Para poder optar a las ayudas al alquiler hay que cumplir una serie de requisitos:

1/Personas físicas mayores de edad, titulares de un contrato de arrendamiento (o en condiciones de serlo).
2/ Tengan un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) (Ingresos brutos menores a los 22.365,42€).

Siempre y cuando:

1/ El alquiler mensual sea igual o inferior a 600 €.
2/La vivienda en alquiler sea la residencia habitual y permanente.
Las personas afectadas en los procedimientos de desahucios tendrán preferencia a la hora de optar a dichas ayudas.

Los beneficiarios obtendrán el pago de hasta el 40% de la renta del alquiler (hasta 2.400 € anuales por vivienda) durante un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan.

martes, 16 de septiembre de 2014

La botella medio llena o medio vacía

La vuelta de vacaciones nos depara un baile de cifras respecto a la situación del mercado inmobiliario en nuestro país. Mientras unos afirman que el sector de la construcción y la vivienda empiezan a remontar el vuelo, el Gobierno y el Consejo General del Notariado afirma que esta recuperación aún tendrá que esperar.

Tal como explica Julio Rodríguez López, expresidente del Banco Hipotecario, en un artículo publicado por El País, estas valoraciones contrarias tienen su explicación en la metodología utilizada por unos y otros.



En el segundo trimestre de 2014 el índice de precios del Instituto Nacional de Estadística (INE) registró un aumento del 1,7% en el precio de la vivienda sobre el nivel del trimestre precedente. Por su parte, el Ministerio de Fomento y el Consejo General del Notariado sitúan el mercado en números rojos, con saldo negativo tanto en el número de compraventas (-9,8%) como en los precios (-10%).
Rodríguez apunta que “se trata de dos indicadores de metodología muy diferente” y apuesta por el índice de precios del INE como “más riguroso”.

Amplía la información en:

Dos estadísticas de precios de vivienda con metodología diferente ¿Cuál refleja mejor la realidad?
Jarro de agua fría 'puntual' de los notarios al mercado de la vivienda

jueves, 31 de julio de 2014

Hacienda mantiene en el 60% la desgravación por alquiler a propietarios


La reforma fiscal presentada por el Gobierno el pasado mes de junio rebajó hasta el 50% del IRPF las rentas cobradas por los propietarios de viviendas en alquiler. Sin embargo, el texto definitivo de la reforma corrige este punto e incrementa el porcentaje hasta el 60%.

Sin embargo, se mantiene la eliminación de la exención del 100% para los caseros que alquilen su casa a menores de 35 años y también la supresión de las deducciones a los inquilinos. Actualmente, el arrendatario tiene derecho a deducirse el 10,05% del dinero destinado al alquiler (máximo de 9.040 euros anuales) siempre que gane menos de 24.107,20 euros al año.

Cabe destacar que esta última medida no se aplicará de forma retroactiva, es decir, que la deducción se podrá mantener hasta el contrato de alquiler expire.

jueves, 17 de julio de 2014

El Gobierno aprueba el intercambio de datos entre el Catastro y el Registro de la Propiedad

El proyecto de reforma de la ley hipotecaria y de la ley del catastro aprobada recientemente por el Consejo de Ministros facilitará el intercambio seguro de datos entre el Registro de la Propiedad y el Catastro. De esta forma se evitarán informaciones contradictorias e incompletas sobre un mismo bien inmueble.

En la actualidad, ambas instituciones tienen competencias diferenciadas que, sin embargo, recaen sobre un mismo ámbito: la realidad inmobiliaria. La coordinación de la información resulta indispensable para una mejor identificación de los inmuebles y una más adecuada prestación de servicios a ciudadanos y administraciones.

Foto: Revellín (CC BY-SA 2.0)
Sin embargo, la dispersión normativa y la falta de tratamiento integral y homogéneo de los datos entre uno y otro provocan que hoy en día el resultado sea precisamente el contrario: el registro utiliza una cartografía distinta de la catastral y de difícil relación; los procedimientos de intercambio de información son anticuados e insuficientes; y es difícil saber cuándo una finca registral y una parcela catastral son la misma realidad.

Esta situación impide un control real y genera inseguridad, favoreciendo, por ejemplo, que haya fincas inscritas varias veces, que algunas puedan invadir el dominio público o los montes públicos o que se dificulte la detección de construcciones ilegales.

Así pues, el proyecto permitiendo que el registro tenga acceso a la cartografía catastral y viceversa. Con carácter general, se utilizará la cartografía del Catastro. Asimismo, se define también el procedimiento para la incorporación de la descripción gráfica de las fincas al Registro de la Propiedad y sus efectos jurídicos: esta descripción será obligatoria cuando haya cualquier operación de reordenación de los terrenos o de las fincas.

Por último, se regula un procedimiento actualizado de intercambio de información entre el Registro y el Catastro para evitar discordancias, en beneficio de las administraciones (control del fraude) y de los ciudadanos (simplificación administrativa).

jueves, 26 de junio de 2014

Reducción de la desgravación por alquiler a partir de 2015

Foto: photosteve101
Una de las novedades más comentadas de la reforma fiscal anunciada recientemente por el Gobierno es la reducción de la desgravación por alquiler. Una medida que, junto al impulso a la rehabilitación, es la gran apuesta del plan estatal de vivienda.

Así pues, el anteproyecto de ley del IRPF elimina la exención por arrendamiento para el inquilino y baja la reducción para el propietario para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015. Esto significa que los contratos perderán la exención estatal de hasta el 10,05% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de vivienda habitual cuando la base imponible no supere los 17.707,20 euros.

A pesar de ello, algunas comunidades ya han anunciado que seguirán manteniendo la deducción por alquiler en el tramo autonómico. En concreto, se trata de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia, Madrid, Valencia y Navarra.

En el caso de Cataluña, los menores de 32 y los mayores de 65 años podrán deducirse el 10% del alquiler (con un máximo de 300 euros en un año); también se incluye a aquellos que hayan estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio, tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65% o sean viudos, siempre que la base imponible no sea superior a los 20.000 euros anuales.

jueves, 12 de junio de 2014

Joan Carles Codina, socio-director de Escoda & Codina, nombrado administrador concursal

Joan Carles Codina Campaña, abogado y socio-director de Escoda & Codina, Abogados-Economistas, ha sido nombrado administrador concursal por el Juzgado de lo Mercantil  número 10 de Madrid.

Codina goza ya de una considerable trayectoria como abogado en procesos concursales. Se estrenó en el año 2004, a los pocos meses de haber entrado en vigor la nueva Ley 22/2003, de 9 de Julio, Concursal, figura que ha venido a substituir las antiguas quieras y suspensión de pagos.

El trabajo del Administrador Concursal consiste en examinar y comprobar que la empresa concursada ha seguido y cumplido con todas las formalidades exigidas por la legislación, así como relacionar el inventario de la misma y de los créditos de sus acreedores. Todo ello se plasma en un informe que sirve de base para llegar a un convenio o liquidación.

El concurso es un procedimiento judicial único por el que se tramitan los procesos derivados de un estado de insolvencia (ya sea provisional o definitiva), siendo aplicable a toda clase de deudores (civiles o mercantiles) ya sean personas físicas o jurídicas.

La figura de la Administración Concursal se regula en el Título II de la Ley Concursal, artículos 26 a 39.


miércoles, 28 de mayo de 2014

150 empresas expositoras participan en la 16ª edición de SIMA

Foto: Merce (CC BY-SA 2.0) 
Hasta el 1 d junio se celebra una nueva edición del Salón Inmobiliario Internacional de Madrid (SIMA 2014), una de las ferias inmobiliarias más importantes del mundo y un referente en el sector en nuestro país.

En esta edición participan cerca de 150 empresas expositoras y habrá más de 400 promociones de viviendas. Para calentar motores el Salón celebró el 27 de mayo una conferencia previa, en la que se analizó la situación actual del sector y el escenario para los próximos años. Los expertos mejoran las expectativas para los próximos meses y auguran la recuperación del sector para finales de 2015 o comienzos de 2016.

José Luis Feito, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE), afirmó que el precio de la vivienda podría subir de forma muy significativa a partir del año 2016.

Además, SIMA 2014 contará con el I Foro “Fondos internacionales en el mercado inmobiliario español”, organizado por primera vez en España. En él se darán cita directivos de más de 50 entidades que ofrecerán una visión general del mercado inmobiliario español. Será también una oportunidad de networking para incentivar los contactos comerciales.

SIMA 2014 se celebrará a partir del 29 de mayo en el pabellón 6 de Feria de Madrid y estará abierto tanto a profesionales como público en general.

viernes, 11 de abril de 2014

Se ampliaran las condiciones para acceder al Fondo Social de Vivienda

Tener ingresos familiares inferiores a 1.600 euros al mes, haber perdido la residencia habitual y cumplir algún supuesto de vulnerabilidad. Estos son hasta ahora los requisitos para acceder al Fondo Social de Vivienda, que empezó su andadura en 2013 con un total de 6.000 viviendas.

Foto: Miguel Perez (CC BY 2.0)

Sin embargo, el Gobierno tiene previsto flexibilizar estas condiciones para permitir que más personas tengan acceso a dicho fondo, que hasta el momento solamente ha adjudicado unas 750 en total.

Esta cifra propició dudas sobre la efectividad del Fondo Social de Vivienda y el anuncio posterior del ministro de Economía, Luis De Guindos, de flexibilizar las condiciones. Asimismo, el ministro declaró que más de 14.000 familias se han beneficiado ya de todas las medidas del Gobierno para proteger a los deudores hipotecarios.

Habrá que seguir esta noticia para ver de qué forma se amplían las condiciones para acceder al Fondo Social de Vivienda.

jueves, 27 de marzo de 2014

Axesor documenta el repunte del sector inmobiliario español

Foto: Javier Paredes (CC BY-SA 2.0)
Después de seis largos años de crisis, parece que el sector inmobiliario español (uno de los más afectados por la actual coyuntura económica) empieza a levantar cabeza.

Así se deduce de las cifras hechas públicas por el Gabinete de Estudios Económicos de Axesor: de las 9.182 sociedades creadas en España durante el mes de febrero, 2.191 pertenecían al sector inmobiliario o de la construcción, es decir, una de cada cuatro.

Desde el inicio del año, se contabilizan un total de 17.169 sociedades constituidas, un 24,21% (4.159), están directamente relacionadas con el sector del “ladrillo”.

Entre las causas de este repunte Axesor apunta los movimientos empresariales relacionados con insolvencias, el reflote de las agencias inmobiliarias y el gran número de empresas especializadas (de instalación eléctrica, fontanería o acristalamiento) generadas por el boom inmobiliario y que han podido sobrevivir a la crisis.

A todo ello, se suman los datos ofrecidos por el estudio KPMG Real Estate Invest Survey y publicados por el portal inmobiliario Fotocasa que aseguran que “España es el segundo país que ofrece las mejores oportunidades para invertir en el sector inmobiliario, sólo por detrás de Alemania”. El informe se ha elaborado en base a “las opiniones de directivos de medio centenar de fondos de distinta tipología que invierten en el mercado europeo”.

Tal como resume en un artículo el periódico El Confidencial, “a pesar de la crisis, quiebras y concursos de acreedores, siguen jugando un papel muy importante dentro del tejido empresarial español”.

viernes, 28 de febrero de 2014

Cataluña cobra una tasa de registro del certificado energético

Foto: David Martín (CC BY-SA 2.0)
Desde el pasado 1 de junio de 2013, es obligatorio disponer de la certificación energética de todos los edificios o partes de un edificio (vivienda o locales) que se vendan o alquilen. Así lo estipulaba el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprobó el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Recientemente, Cataluña ha empezado a cobrar una tasa a la hora de proceder al registro del certificado energético en el sector de la construcción, siguiendo así la estela de otras Comunidades Autónomas.
El objetivo principal de la tasa es financiar los gastos de revisión, control e inspección de los certificados de eficiencia energética de edificios.

La medida se apoya en la Ley del Parlamento de Cataluña de medidas fiscales y financieras de 2014 que, en el artículo 73, la cuota para cada uno de los expedientes varía en función de si es una certificación de edificios nuevos o grandes rehabilitaciones en fase de edificio acabado o bien, si es una certificación de edificios existentes.

En caso de bloques de vivienda la tasa a pagar en ambos casos (tanto si se trata de edificios existentes como si no) dependerá del número de viviendas del bloque, siempre con el tope que señala la Ley.
La gestión de la tasa se realizará de forma telemática a través de la oficina virtual.

Más información sobre la certificación energética en nuestro blog.

jueves, 13 de febrero de 2014

La retención aplicable a los arrendamientos es del 21%

La publicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2014 ha provocado cierta confusión en torno a las retenciones aplicables a los arrendamientos. Ello se debe a la distinción (ya adelantamos que errónea) que establecía un tipo diferente según si el propietario era una persona física (21%) o una persona jurídica (19%).

Foto: Images_of_Money

Tal como explicamos en el Portal del Derecho de la Construcción, “esta distinción no ha sido más que un descuido del legislador que el ejecutivo se ha dado prisa en solventar”. Efectivamente, el Real Decreto 1/2014 de 24 de enero subsana este error dejando claro que la retención aplicable a los arrendamientos, ya sea el arrendador persona física o jurídica, es del 21%.

La alarma saltó de la mano de distintos colegios de Gestores Administrativos, que advirtieron del “grave error” en la información que la Agencia Tributaria ofrecía a los contribuyentes a través de su página web.

Consulte toda la información en el Portal del Derecho de la Construcción.

jueves, 30 de enero de 2014

Las hipotecas burbuja atrapan ya a medio millón de españoles

Esta semana la noticia era tratada ampliamente por la prensa: muchos españoles pagan hoy más por su hipoteca de lo que vale la casa. En concreto, según escribe Marisa Recuero, le sucede a “una de cada 10 personas que contrató una hipoteca en España en los últimos seis años”.

Es una de las muchas consecuencias de la burbuja inmobiliaria, propiciada en este caso por la concesión de hipotecas por más del 80% del valor de tasación del inmueble. Las llamadas “hipotecas burbuja” han atrapado en España a 581.441 personas en 2013, una cifra que se situará en 668.940 en 2014 y aumentará hasta las 710.386 viviendas en 2015, según datos del estudio de Kelisto en colaboración el Centre of Economics and Business Research (CEBR) de Londres.

Foto: rbtraveller (CC BY-ND 2.0)

Esta situación se agrava por otros factores como el descenso que el precio de la vivienda ha experimentado en los últimos años, la difícil coyuntura económica actual y el endurecimiento en la concesión de crédito por parte de los bancos.

Las comunidades más afectadas por lo que los expertos llaman “patrimonio inmobiliario neto negativo” (el valor del activo es inferior al importe del pasivo) son Cataluña, Madrid, la Comunidad Valenciana y Andalucía. El estudio calcula que la deuda media de estas familias se sitúa en los 22.216 euros en 2013.

martes, 14 de enero de 2014

Cataluña empieza a multar a los bancos con pisos vacíos

Distintas localidades catalanas han empezado a multar a los bancos que mantienen desocupados sus pisos. Si hace unos días conocíamos la decisión de los ayuntamientos de Terrassa y Sabadell en esta dirección, hoy se ha unido a ellos el consistorio de Girona.

Se trata de la primera capital en tomar esta medida largamente solicitada por algunos sectores de la sociedad y partidos políticos. Los consistorios se amparan en la Ley de Derecho de la Vivienda de Cataluña de 2007, que permite imponer este tipo de sanciones (multas de hasta 900.000 euros) a las entidades bancarias que disponen de pisos deshabitados durante un largo período de tiempo.

Con esta medida, los ayuntamientos buscan incentivar la entrada de vivienda en el mercado a precios asequibles.

Foto: Heart Industry (CC BY-NC 2.0)

Primeras sanciones
El mes pasado, Terrassa fue pionera al imponer multas de 5.000 euros a tres bancos y abrir más de 700 expedientes. Según el al alcalde de esta localidad, Jordi Ballart, en primer lugar se insta a los bancos a que ocupen estos pisos en un plazo de un mes o bien que los cedan a la administración para que pueda gestionarlos en régimen de alquiler. Si las entidades se niegan, el consistorio continúa con el expediente.

Otras poblaciones catalanas han anunciado que tomaran medidas similares para acabar con los pisos vacíos mientras que el gobierno catalán ha comenzado a estudiar un nuevo gravamen para los pisos vacíos que prevé duplicar el importe del IBI de la vivienda.

En otras comunidades como Andalucía se prepara un registro de viviendas deshabitadas como paso previo a establecer una nueva regulación de las mismas.

jueves, 19 de diciembre de 2013

Las comunidades de propietarios deberán declarar los pagos a terceros

El Real Decreto 828/2013, publicado en el BOE el pasado mes de octubre, establece que en 2014 las comunidades de propietarios  están obligadas a presentar la declaración de operaciones con terceras personas. De esta manera, las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal deberán declarar a Hacienda los pagos a terceros siempre y cuando superen los 3.000 euros.

Foto: *L (CC BY-NC-SA 2.0)
Ello incluye reparación o mejora de la comunidad, servicio de limpieza, obras, etc. y para cumplir con la nueva norma se deberán declarar dichas operaciones a través del modelo 347. La documentación se presentará en Hacienda en febrero de 2015.

La nueva norma, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, excluye la compra de combustible y los suministros para uso comunitario. Tampoco estarán obligadas a declarar el alquiler de alguna vivienda de la comunidad ni los seguros que protejan zonas o elementos comunes.

viernes, 29 de noviembre de 2013

Alquiler “Todo Incluido”, ¿es realmente una buena opción?

Si estás buscando piso para alquilar, es posible que hayas visto en algunos anuncios la etiqueta TI, que equivale a “todo incluido”. Lo lógico sería pensar que, en estos casos, el propietario asume les gastos de agua, luz, gas, etc., estableciendo una cantidad a pagar fija, igual que cuando alquilamos un piso vacacional o reservamos una habitación de hotel.

Sin embargo, son muchos los casos en los que esta situación “ideal” está lejos de la realidad. Así lo pone de manifiesto el artículo publicado recientemente en el diario El Mundo, donde se puede leer: después de comprobar múltiples anuncios que incluyen estas palabras mágicas, sólo un pequeño porcentaje responde fielmente al significado del TI.

Foto: urbanados (CC BY-NC-SA 2.0)

Entonces, ¿qué significa realmente “todo incluido”? Pues simplemente aclara que el arrendador paga los gastos fijos correspondientes a la comunidad, el IBI y la tasa de basuras. Tasas que, normalmente, la mayoría de propietarios asumen sin necesidad de etiqueta alguna.

La proliferación del “todo incluido” responde a una estrategia para captar clientes en un contexto en el que son muchas las personas que optan por el alquiler de vivienda al no poder afrontar su compra.

La etiqueta “TI” no es en ningún caso ilegal, pero si puede catalogarse como “publicidad engañosa” en no pocas ocasiones.

viernes, 8 de noviembre de 2013

Aumentan en un 150% las consultas al Fichero de Inquilinos Morosos

El alquiler de vivienda se presenta como una opción interesante para arrendadores y arrendatarios en la actual coyuntura económica. Desde el inicio de la crisis, el mercado del alquiler se ha revitalizado considerablemente, favorecido por el cierre del crédito y la dificultad cada vez mayor de vender un piso.

Foto: Royalty-Free Stock Photos

Con esta “avalancha” de alquileres se ha disparado también las consultas al Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), una herramienta que permite saber si un futuro inquilino es o no buen pagador. Este registro resulta muy útil a la hora de frenar uno de los principales miedos del arrendador: toparse con un inquilino moroso.

Según publica Eroski Consumer, las consultas al FIM han aumentado en un 150% durante el 2013, con más de 10.000 profesionales y particulares que solicitan acceso. Ello va directamente relacionado con el incremento de los alquileres y, también, de la morosidad en los arrendamientos (el estudio de Eroski Consumer apunta una subida del 13,28% en 2012).

¿Qué información encontramos en el FIM?

Consultando el FIM tendremos conocimiento de alquileres impagados, tanto de personas físicas como jurídicas, que se obtienen tanto de propietarios y profesionales de gestión inmobiliaria como de sentencias en firme. Las personas o entidades que aparecen en este registro están informadas su inclusión, tal como estipula la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Los expertos apuntan que la fiabilidad del FIM, único fichero de morosidad específico sobre arrendamientos urbanos en España, está garantizada y permite al propietario una mayor tranquilidad a la hora de alquilar su vivienda.

miércoles, 23 de octubre de 2013

El precio de los alquileres sigue bajando

Foto: hownowdesign (CC BY-NC-ND 2.0)
En 2012, el actual premio Nobel en Economía Robert Shiller (uno de los que advirtió acerca de la burbuja de las hipotecas subprime en EEUU) opinaba sobre la crisis del ladrillo en España en estos términos: "Una de las consecuencias de su crisis será que habrá que reducir el porcentaje de españoles que son propietarios de viviendas".

Y es que España es el séptimo país de la UE con mayor proporción de casas en régimen de propiedad (con un 82,7%) por detrás de países como Rumanía, Lituania y Croacia, entre otros (datos del Instituto de Estudios Económicos - IEE).

La “cultura de la propiedad” sigue muy arraigada en nuestro país, que se encuentra a las antípodas de los porcentajes de Alemania (45,8%), Francia (63,1%) o el Reino Unido (67,9%), algunos de los países más “reacios” a la casa de propiedad.

Sin embargo, la explosión de la burbuja inmobiliaria y la restricción de crédito están cambiando esa tendencia.

A día de hoy en España es un buen momento para los inquilinos, dado que las rentas de los alquileres de viviendas continúan bajando: en septiembre lo hizo un 0,3% en comparación con el mismo mes del ejercicio 2012, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Esta tendencia a la baja, que ya suma seis meses consecutivos, destaca especialmente en comunidades como Navarra (-2,1%), Madrid (-1,8%) y Murcia y La Rioja (-1,7%), mientras que las rentas subieron en Ceuta (+1,6%) y Melilla (+1,2%), Galicia (+1%), Castilla y León (+0,9%) y Cataluña (+0,7%).